# Un real decreto da 1,3 millones a cinco entidades para mujeres migrantes en Ceuta

> Un real decreto del Ministerio de Igualdad concede de forma directa subvenciones a cinco entidades. Con ellas atenderán a mujeres y niñas víctimas de violencia, trata o explotación sexual en la crisis migratoria de Ceuta. La dotación total máxima es de 1.345.584,83 euros.

- Fuente oficial: [Real Decreto 856/2026, de 21 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a diversas entidades para actuaciones en materia de refuerzo de la protección y asistencia a las víctimas de violencia contra las mujeres en la ciudad de Ceuta.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21956) (BOE-A-2026-21956, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Ceuta (Ceuta)
- A quién afecta: ONG o asociación, Administración
- Temas: Ayudas y subvenciones, Igualdad y servicios sociales
- Plazo principal: Diez días hábiles: Presentar la solicitud de subvención desde la entrada en vigor del real decreto

## Qué tienes que hacer

Las cinco entidades beneficiarias (MZC, Cruz Roja, Cruz Blanca, Médicos del Mundo y CEAR) reciben la subvención por concesión directa, sin convocatoria pública. Deben realizar las actuaciones previstas en el real decreto y ajustarse a sus condiciones y plazos de ejecución y justificación.

## Puntos clave

- Cinco entidades reciben la ayuda: MZC, Cruz Roja, Cruz Blanca, Médicos del Mundo y CEAR.
- Dotación total máxima de 1.345.584,83 euros; el pago es anticipado, sin garantía.
- Gastos subvencionables entre el 1 de agosto de 2026 y el 28 de febrero de 2027.
- Se crea una unidad multidisciplinar temporal dirigida por la Delegación del Gobierno en Ceuta.
- Pueden subcontratar hasta el 20 % y justificar con cuenta justificativa o informe de auditor.

## Plazos

- **Presentar la solicitud de subvención desde la entrada en vigor del real decreto**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de diez días hábiles desde dicha entrada en vigor»
- **Plazo para resolver y notificar la concesión**. Texto del BOE: «será de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto»
- **Periodo de ejecución de las actividades** (28 de febrero de 2027). Texto del BOE: «entre el 1 de agosto de 2026, fecha de inicio de la crisis humanitaria en Ceuta, y el 28 de febrero de 2027, ambos incluidos»
- **Ampliación posible del plazo de ejecución** (31 de mayo de 2027). Texto del BOE: «hasta el 31 de mayo de 2027»
- **Presentar la cuenta justificativa tras acabar la ejecución**. Texto del BOE: «en el plazo de tres meses desde la finalización del período de ejecución»

## Importes

- **1.345.584,83 €**: Dotación total máxima. Texto del BOE: «su dotación total ascenderá a 1.345.584,83 euros como máximo»
- **418.758,06 €**: Asociación Mujeres en Zona de Conflicto. Texto del BOE: «por un importe total de 418.758,06 euros»
- **209.018,49 €**: Cruz Roja Española. Texto del BOE: «por un importe total de 209.018,49 euros»
- **45.838,24 €**: Fundación Cruz Blanca. Texto del BOE: «por importe total de 45.838,24 euros»
- **185.234,14 €**: Médicos del Mundo. Texto del BOE: «por un importe total de 185.234,14 euros»
- **486.735,90 €**: CEAR. Texto del BOE: «por un importe total de 486.735,90 euros»
- **1.500 €**: Máximo para gastos de auditoría por entidad. Texto del BOE: «hasta un máximo de 1.500 euros por entidad beneficiaria»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-21956). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
