Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Una resolución rechaza inscribir una donación en Marbella porque la considera mortis causa

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso del notario y confirma la negativa del registrador de Marbella n.º 4. Considera que la donación de la nuda propiedad de dos fincas, con reversión libre, reserva de disponer y prohibición de disponer, es una donación por causa de muerte y no puede inscribirse en el Registro.

A quién afecta:Jurista

Qué tienes que hacer

Quienes estén legitimados pueden recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble.

Plazo
Dos meses
Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución

Puntos clave

  1. Pierde el recurso el notario: se desestima y se confirma la calificación del registrador.
  2. El donante podía recuperar lo donado a su libre arbitrio, con aviso de tres meses.
  3. Además, la donataria no podía disponer de lo donado en vida del donante sin su permiso.
  4. Por eso se ve como donación mortis causa: se rige por las reglas del testamento y no se inscribe.
  5. Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución

en el plazo de dos meses desde su notificación
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