# Una resolución rechaza inscribir una donación en Marbella porque la considera mortis causa

> La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso del notario y confirma la negativa del registrador de Marbella n.º 4. Considera que la donación de la nuda propiedad de dos fincas, con reversión libre, reserva de disponer y prohibición de disponer, es una donación por causa de muerte y no puede inscribirse en el Registro.

- Fuente oficial: [Resolución de 19 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Marbella n.º 4 a inscribir una escritura de donación.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22031) (BOE-A-2026-22031, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Lo que dicen los registradores · Ámbito: Marbella (Málaga) (Andalucía)
- A quién afecta: Jurista
- Temas: Justicia
- Plazo principal: Dos meses: Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución

## Qué tienes que hacer

Quienes estén legitimados pueden recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble.

## Puntos clave

- Pierde el recurso el notario: se desestima y se confirma la calificación del registrador.
- El donante podía recuperar lo donado a su libre arbitrio, con aviso de tres meses.
- Además, la donataria no podía disponer de lo donado en vida del donante sin su permiso.
- Por eso se ve como donación mortis causa: se rige por las reglas del testamento y no se inscribe.
- Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

## Plazos

- **Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución**. Texto del BOE: «en el plazo de dos meses desde su notificación»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-22031). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
