Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Registro de Majadahonda deberá admitir una escritura de convenio regulador de 1999

La Dirección General estima el recurso y revoca la negativa de la registradora de Majadahonda n.º 1 a practicar el asiento de presentación de una escritura de 1999 que eleva a público un convenio regulador. Gana el recurrente: la falta del número de finca en el título no basta para denegar el asiento si la finca puede identificarse con otros datos.

A quién afecta:JuristaFamilia

Qué tienes que hacer

Quien esté legitimado puede recurrir esta resolución con una demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, en el plazo de dos meses desde su notificación.

Plazo
Dos meses
Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se estima el recurso y se revoca la nota de calificación de la registradora.
  2. La registradora denegó el asiento porque la escritura no citaba ninguna finca registral concreta.
  3. La finca puede identificarse con documentos complementarios, si no hay duda de que el título se refiere a ella.
  4. El recurrente dice que aportó números de finca y que la registradora no quiso recibirlos.
  5. Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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