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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Majadahonda (Madrid)
Registro de Majadahonda deberá admitir una escritura de convenio regulador de 1999
La Dirección General estima el recurso y revoca la negativa de la registradora de Majadahonda n.º 1 a practicar el asiento de presentación de una escritura de 1999 que eleva a público un convenio regulador. Gana el recurrente: la falta del número de finca en el título no basta para denegar el asiento si la finca puede identificarse con otros datos.
Qué tienes que hacer
Quien esté legitimado puede recurrir esta resolución con una demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, en el plazo de dos meses desde su notificación.
Plazo
Dos meses
Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación
Puntos clave
- Se estima el recurso y se revoca la nota de calificación de la registradora.
- La registradora denegó el asiento porque la escritura no citaba ninguna finca registral concreta.
- La finca puede identificarse con documentos complementarios, si no hay duda de que el título se refiere a ella.
- El recurrente dice que aportó números de finca y que la registradora no quiso recibirlos.
- Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.
Plazos
Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.