Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Carreteras puede inscribir la expropiación sin todas las fincas, pero debe identificarlas

La Dirección General estima en parte el recurso de la Demarcación de Carreteras contra la registradora de Valoria La Buena. Acepta que se inscriba la finca resultante sin exigir antes las expropiaciones de todas las fincas. Rechaza que pueda hacerse sin que la Administración identifique las fincas afectadas, por lo que la suspensión se mantiene hasta entonces.

A quién afecta:JuristaAdministración

Qué tienes que hacer

La Administración expropiante debe identificar todas las fincas registrales afectadas por el expediente para que se pueda inscribir. Quien esté legitimado puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se revoca la nota en cuanto a exigir inscribir antes cada finca expropiada y luego agruparlas.
  2. No se puede exigir la georreferenciación de todas las fincas afectadas por la expropiación.
  3. Se confirma la suspensión hasta que la Administración identifique las fincas registrales afectadas.
  4. Con esa identificación se podrá extender la nota marginal del artículo 47 del Reglamento Hipotecario.
  5. Se admite la nota marginal como solución transitoria hasta inscribir las demás expropiaciones.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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