# La DGSJFP rechaza inscribir una opción de compra en Benissa por encubrir una garantía

> La Dirección General de Seguridad Jurídica desestima el recurso del optante y confirma la negativa de la registradora de Benissa a inscribir una opción de compra. Considera que, bajo la apariencia de una opción, se encubre una garantía de financiación que equivale a un pacto comisorio (prohibido). El recurrente aceptaba el segundo defecto, la falta de cuota de cada optante.

- Fuente oficial: [Resolución de 10 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Benissa a inscribir una escritura de opción de compra.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22057) (BOE-A-2026-22057, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Lo que dicen los registradores · Ámbito: Benissa (Alicante) (Comunitat Valenciana)
- A quién afecta: Jurista, Cualquier persona
- Temas: Justicia, Vivienda
- Plazo principal: Dos meses: Plazo para recurrir esta resolución ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

## Qué tienes que hacer

Quien esté legitimado puede recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, en dos meses desde la notificación, por juicio verbal.

## Puntos clave

- Se desestima el recurso y se confirma la calificación negativa de la registradora.
- La opción prevé pagos antes de decidir comprar (prima de 28.390 €, 1.000 € al mes y 92.400 € a la hipoteca), lo que apunta a una garantía.
- El precio de 200.000 € es muy inferior a la tasación de 435.491,52 €, lo que indica desequilibrio.
- Es contraria a la doctrina la cláusula de ejercicio unilateral sin notificación notarial y la pérdida de la prima como indemnización.
- La resolución rechaza dos afirmaciones de la nota: que se aplique la Ley 5/2019 y que exista un pacto de devolución no escrito.

## Plazos

- **Plazo para recurrir esta resolución ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de dos meses desde su notificación»

## Importes

- **28.390 euros**: Prima de la opción, ya satisfecha. Texto del BOE: «una prima de 28.390 euros que ya ha sido satisfecha»
- **1.000 euros al mes**: Pagos mensuales hasta formalizar la escritura. Texto del BOE: «unos pagos mensuales a razón de 1.000 euros»
- **92.400 euros**: Pago a la cuenta del acreedor hipotecario antes del 1 de junio de 2027. Texto del BOE: «se procederá a pagar la cantidad de 92.400 euros»
- **200.000 euros**: Precio de venta pactado. Texto del BOE: «un precio de venta fijado en 200.000 euros»
- **435.491,52 euros**: Valor de tasación de la finca. Texto del BOE: «435.491,52 euros»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-22057). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
