# Energía autoriza una batería de 19,993 MW junto a la planta solar Castor, en Huecas

> La Dirección General de Política Energética y Minas autoriza a Planta FV 115, SL a construir un sistema de baterías de ion-litio junto a la planta fotovoltaica Castor Solar, en Huecas (Toledo). Aprovecha la conexión ya existente con la red en la subestación Torrijos 220 kV. Afecta sobre todo a la empresa promotora.

- Fuente oficial: [Resolución de 29 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta FV 115, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de almacenamiento con baterías Castor, de 19,993 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación para su hibridación con la planta fotovoltaica Castor Solar, de 49,99 MW de potencia instalada, en Huecas (Toledo).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22068) (BOE-A-2026-22068, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Huecas (Toledo) (Castilla-La Mancha)
- A quién afecta: Empresa
- Temas: Energía, Medio ambiente, Economía y empresa
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía: un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

## Qué tienes que hacer

El promotor debe cumplir las condiciones del anexo y comunicar la terminación de las obras al órgano provincial. Puede pedir la extensión del plazo para la autorización de explotación en un máximo de 3 meses desde esta autorización. Quien quiera recurrir puede presentar recurso de alzada en un mes.

## Puntos clave

- Se concede la autorización administrativa previa y la de construcción en un solo acto.
- Baterías de ion-litio de 19,993 MW y 80 MWh, con 20 contenedores y 87 inversores.
- Potencia total con la planta fotovoltaica, según el RD 997/2025: 68,11 MW.
- Evacúa por una línea subterránea de 30 kV y la ampliación del centro de seccionamiento Castor.
- Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes.

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía: un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)**. Texto del BOE: «puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca»
- **Solicitud de extensión del plazo del hito de autorización de explotación, desde la obtención de la autorización de construcción**. Texto del BOE: «en un plazo no superior a 3 meses desde la obtención de la presente autorización administrativa de construcción»
- **Fecha máxima para disponer de la autorización de explotación definitiva en caso de extensión** (31 de diciembre de 2030). Texto del BOE: «sin que en ningún caso la fecha máxima para disponer de la autorización administrativa de explotación definitiva supere la fecha de 31 de diciembre de 2030»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-22068). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
