# Energía acepta que Planta FV 130 abandone la planta solar Valentina Solar en Zamora

> Una resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento (renuncia a seguir con la solicitud) de Planta FV 130 sobre la planta fotovoltaica Valentina Solar, de 60,382 MW, en Zamora. El expediente se archiva. La empresa alega informes desfavorables, sobre todo ambientales, y no había iniciado las obras.

- Fuente oficial: [Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Planta FV 130, SLU, de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «Valentina Solar», de 60,382 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Asturianos, Rosinos de la Requejada y Palacios de Sanabria (Zamora).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22070) (BOE-A-2026-22070, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Zamora (Castilla y León)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Energía, Medio ambiente, Economía y empresa
- Plazo principal: Un mes: Plazo para interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, a partir del día siguiente a la notificación

## Qué tienes que hacer

Quien quiera impugnar la resolución puede presentar recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.

## Puntos clave

- Se acepta el desistimiento de Planta FV 130, SLU y se archiva el expediente SGIISE/PFot-233.
- La planta tenía 60,382 MW de potencia instalada y se ubicaba en Asturianos, Rosinos de la Requejada y Palacios de Sanabria.
- La empresa alega informes desfavorables, sobre todo ambientales, y que sin hibridación con el parque eólico no era viable.
- El promotor declara que no había iniciado las obras y se mostró conforme en el trámite de audiencia.
- Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes.

## Plazos

- **Plazo para interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, a partir del día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-22070). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
