# Energía acepta que la promotora retire el parque eólico híbrido Valentina, en Zamora

> La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento (la renuncia) de Planta FV 130, SLU a su solicitud de autorización para el parque eólico Valentina, de 90 MW, que se iba a unir a la planta solar Valentina Solar. El expediente se archiva. La promotora retira la solicitud por informes desfavorables, sobre todo ambientales.

- Fuente oficial: [Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Planta FV 130, SLU, de la solicitud de autorización administrativa previa para el parque eólico Valentina, de 90 MW, para su hibridación con la instalación solar fotovoltaica Valentina Solar, de 60,382 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación, en Rosinos de la Requejada, Espadañedo y Asturianos (Zamora).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22071) (BOE-A-2026-22071, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Zamora (Castilla y León)
- A quién afecta: Empresa
- Temas: Energía, Medio ambiente
- Plazo principal: Un mes: Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, contado desde la notificación

## Qué tienes que hacer

Quien quiera recurrir puede interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación.

## Puntos clave

- Se acepta el desistimiento de Planta FV 130, SLU y se archiva el expediente PEol-FV-256.
- El proyecto era un parque eólico de 90 MW híbrido con la solar Valentina Solar, de 60,382 MW.
- Afectaba a Rosinos de la Requejada, Espadañedo y Asturianos (Zamora).
- La promotora alega informes desfavorables, entre ellos el de la Junta de Castilla y León de 18 de mayo de 2026.
- Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes.

## Plazos

- **Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, contado desde la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-22071). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
