Viernes, 23 de octubre de 2026BOE núm. 263 · 284 publicaciones · 124 explicadas · días anteriores
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Reinicia+ DANA: acuerdo que quita la antigüedad mínima a empresas industriales

El Consejo de Ministros cambia las condiciones de la financiación Reinicia+ FAIIP DANA para empresas industriales de las zonas afectadas por la DANA. Ya no se exige un periodo mínimo de actividad previa, por lo que podrán acceder también las empresas de reciente creación. Se mantiene que la actividad sea industrial.

A quién afecta:EmpresaAutónomo/a

Qué tienes que hacer

Las sociedades industriales de las zonas afectadas, incluidas las de reciente creación, pueden solicitar la financiación del mecanismo Reinicia+ FAIIP DANA si cumplen los requisitos.

Puntos clave

  1. Se elimina el requisito de tres años de actividad previa para pedir la financiación
  2. Se mantiene que el proyecto sea de actividad industrial (CNAE 10 a 32 y otras actividades afines)
  3. Se incluyen valorización industrial, servicios a la industria y agroalimentaria en instalaciones industriales
  4. Siguen las exclusiones: empresas en crisis, concurso, sector público o con deudas de préstamos anteriores
  5. SEPIDES y la Comisión de Evaluación deben valorar favorablemente cada empresa

Entrada en vigor

El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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