# Alhambra (Ciudad Real) convoca una plaza de Técnico/a Informático/a

> El Ayuntamiento de Alhambra anuncia la convocatoria de una plaza de Técnico/a Informático/a por concurso-oposición, en turno libre. Las bases se publicaron en el boletín de la provincia y luego se rectificaron. Pueden presentarse las personas que cumplan los requisitos de las bases.

- Fuente oficial: [Resolución de 20 de octubre de 2026, del Ayuntamiento de Alhambra (Ciudad Real), referente a la convocatoria para proveer una plaza.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22253) (BOE-A-2026-22253, BOE núm. 264 de sábado, 24 de octubre de 2026)
- Tipo: Convocatoria · Sección: Oposiciones de hoy · Ámbito: Alhambra (Ciudad Real) (Castilla-La Mancha)
- A quién afecta: Opositor/a
- Temas: Oposiciones y empleo público, Tecnología y telecomunicaciones
- Plazo principal: Veinte días hábiles: Presentación de solicitudes: veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE

## Qué tienes que hacer

Quien quiera participar debe presentar su solicitud dentro del plazo, siguiendo las bases publicadas en el BOP de Ciudad Real (nº 199, rectificadas en el nº 202).

## Puntos clave

- Se convoca una plaza de Técnico/a Informático/a, escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media
- El sistema de selección es concurso-oposición, en turno libre
- Las bases salieron en el BOP de Ciudad Real nº 199 y se rectificaron en el nº 202
- El plazo de solicitudes es de veinte días hábiles desde el día siguiente a esta publicación en el BOE
- Los próximos anuncios se publicarán como indiquen las bases

## Plazos

- **Presentación de solicitudes: veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE**. Texto del BOE: «El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/24/d/BOE-A-2026-22253). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
