# El Instituto Cervantes podrá destruir documentos antiguos de tesorería, gastos y nóminas

> El Instituto Cervantes aprueba eliminar series de documentos comunes de la Administración del Estado (tesorería, gastos y nóminas) cuando pasen los años de conservación fijados. La autorización no es efectiva hasta pasados tres meses desde la publicación y sin recursos.

- Fuente oficial: [Resolución de 6 de octubre de 2026, del Instituto Cervantes, por la que se autoriza la eliminación de series documentales comunes de la Administración General del Estado custodiadas en los archivos del Instituto Cervantes.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22273) (BOE-A-2026-22273, BOE núm. 264 de sábado, 24 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Administración, Funcionario/a
- Temas: Administración, Cultura y deporte
- Plazo principal: Un mes: Recurso de reposición potestativo ante el Director del Instituto Cervantes, a contar desde el día siguiente al de la publicación

## Qué tienes que hacer

Quien quiera impugnarla puede presentar recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional (dos meses) o recurso de reposición previo ante el Director del Instituto Cervantes (un mes), sin simultanear ambos.

## Puntos clave

- Se eliminan estados de tesorería, expedientes de gasto corriente y nóminas de empleados públicos.
- Solo se destruye cuando pasen los plazos de conservación de cada serie (entre 2 y 100 años según el caso).
- Se conservan muestras testimoniales y los documentos anteriores a 1940.
- La destrucción no se hará hasta tres meses después de publicarse, y si hay recurso, hasta que sea firme.
- La destrucción debe impedir reconstruir los documentos o recuperar su información.

## Plazos

- **Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, a contar desde el día siguiente al de la publicación**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación»
- **Recurso de reposición potestativo ante el Director del Instituto Cervantes, a contar desde el día siguiente al de la publicación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la referida publicación»
- **La autorización no es efectiva hasta pasados tres meses desde la publicación, si no hay recurso**. Texto del BOE: «la autorización no será efectiva hasta transcurridos tres meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución»

## Entrada en vigor

«La autorización no será efectiva hasta transcurridos tres meses desde la publicación en el BOE, siempre que no se haya interpuesto recurso en ese plazo.»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/24/d/BOE-A-2026-22273). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
