# Catastro y Ayuntamiento de Ferrol firman convenio para gestionar trámites catastrales

> La Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Ferrol firman un convenio que sustituye al de 2010. El Ayuntamiento tramitará cambios en el Catastro (titularidad, bajas, alteraciones físicas y económicas) y atenderá al público. El Catastro no le paga nada por ello.

- Fuente oficial: [Resolución de 16 de octubre de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ferrol.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22277) (BOE-A-2026-22277, BOE núm. 264 de sábado, 24 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Ferrol (A Coruña) (Galicia)
- A quién afecta: Administración, Cualquier persona
- Temas: Administración, Impuestos, Vivienda
- Plazo principal: Diez días: El Ayuntamiento envía a la Gerencia otras declaraciones no incluidas en el convenio

## Puntos clave

- El Ayuntamiento tramita alteraciones de dominio, bajas y cambios físicos y económicos de inmuebles
- Atenderá al público, gestionará Puntos de Información Catastral y notificará por correo
- Sustituye al convenio de 21 de octubre de 2010, que queda extinguido
- No hay contraprestación económica del Catastro al Ayuntamiento
- Vigencia inicial de un año, con prórrogas anuales tácitas mientras no se denuncie

## Plazos

- **La comisión de seguimiento debe constituirse como máximo un mes desde la formalización del convenio**. Texto del BOE: «deberá constituirse formalmente en un plazo máximo de un mes desde la formalización del presente convenio»
- **El Ayuntamiento envía a la Gerencia otras declaraciones no incluidas en el convenio**. Texto del BOE: «El Ayuntamiento remitirá a la Gerencia en el plazo de diez días todas las declaraciones o documentos»
- **Preaviso mínimo para denunciar el convenio**. Texto del BOE: «con una antelación mínima de un mes»

## Entrada en vigor

«Obliga a las partes desde el momento de su firma (convenio firmado el 15 de octubre de 2026)»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/24/d/BOE-A-2026-22277). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
