Se publica el VIII Convenio colectivo de Grupo Generali España, vigente hasta 2029
Una resolución de la Dirección General de Trabajo registra y publica el VIII Convenio colectivo de Grupo Generali España. Regula jornada, vacaciones, permisos, traslados, retribuciones y seguros para el personal de las ocho empresas del grupo en toda España. Sustituye al convenio anterior y al de Generali Seguros y Reaseguros.
Lo que tienes que saber
Puntos clave
- Vigencia desde su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2029, con prórroga anual si nadie lo denuncia
- Jornada de 1.650 horas anuales de trabajo efectivo y 27 días laborables de vacaciones
- Traslados con compensaciones de 7.500 a 25.000 euros brutos según la distancia, más ayudas sociales
- Seguro de salud pagado por la empresa para el personal y su familia, con reembolso de hasta 50.000 euros
- Deroga el VII Convenio de Grupo Generali España y el de Generali Seguros y Reaseguros
Importes
Compensación por cambio de lugar de trabajo de 26 a 99 km sin cambio de residencia
por un importe de 2.500 euros brutos
Compensación por cambio de lugar de trabajo de más de 99 km sin cambio de residencia
por un importe de 4.000 euros brutos
Compensación por traslado con cambio de residencia a más de 500 km
Más de 500 km: 25.000 euros brutos.
Fondo de préstamos para el personal
una dotación total para todo el Grupo y entidades vinculadas de 1.119.132,64 euros brutos
Cheque regalo anual
un importe anual de 120 euros brutos
Límite de reembolso del seguro de salud
reembolso de gastos con un límite de 50.000 euros
Plazos
Vigencia del convenio hasta su fin, con denuncia posible entre el 1 y el 31 de diciembre del año de vencimiento
hasta el treinta y uno de diciembre de 2029
Periodo transitorio voluntario de adaptación horaria para el personal procedente de Liberty Seguros
hasta el 30 de junio de 2027
Entrada en vigor
Desde la fecha de su publicación en el BOE; el artículo 33 (seguro de vida) entra en vigor transcurridos 30 días desde la publicación