Lunes, 26 de octubre de 2026BOE núm. 265 · 318 publicaciones · 116 explicadas · días anteriores
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Defensa, Educación y Aragón pactan docentes de FP para centros militares

Los ministerios de Defensa y de Educación y el Gobierno de Aragón firman un convenio para dar clases de formación profesional en centros militares de Aragón. Aragón aporta el profesorado y Defensa le paga el coste. Afecta al personal militar que estudia FP y a los docentes.

Lo que tienes que saber

Plazo
Cuatro años
Vigencia del convenio: cuatro años desde el 1 de septiembre de 2026, prorrogable por mutuo acuerdo hasta cuatro años adicionales
Importe
4.879.479,91 €
Importe máximo que transfiere Defensa a Aragón para el curso 2026-2027

Puntos clave

  1. Aragón aporta y paga a los docentes de FP de la Academia de Logística y de la ETESDA; Defensa le transfiere el coste.
  2. Defensa transfiere como máximo 4.879.479,91 € para el curso 2026-2027.
  3. Para el curso 2026-2027 se prevén 64 docentes en la Academia de Logística (más 8 desde enero de 2027) y 4 en la ETESDA.
  4. Vigencia de cuatro años desde el 1 de septiembre de 2026, prorrogable hasta otros cuatro.
  5. Una comisión de seguimiento con hasta tres representantes de cada parte vigilará su aplicación.

Importes

4.879.479,91 €

Importe máximo que transfiere Defensa a Aragón para el curso 2026-2027

cuatro millones ochocientos setenta y nueve mil cuatrocientos setenta y nueve euros con noventa y un céntimos (4.879.479,91 €)
1.289.737,28 €

Parte con cargo al presupuesto de 2026

un millón doscientos ochenta y nueve mil setecientos treinta y siete euros con veintiocho céntimos (1.289.737,28 €)
3.589.742,63 €

Parte con cargo al presupuesto de 2027

tres millones quinientos ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y dos con sesenta y tres céntimos (3.589.742,63 €)

Plazos

Vigencia del convenio: cuatro años desde el 1 de septiembre de 2026, prorrogable por mutuo acuerdo hasta cuatro años adicionales

El cómputo de la vigencia del mismo se iniciará desde el 1 de septiembre de 2026, y será de cuatro años, pudiendo prorrogarse, antes de su finalización, por mutuo acuerdo expreso de las partes, mediante adenda, por un periodo de hasta cuatro años adicionales

Entrada en vigor

Eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación; la vigencia se computa desde el 1 de septiembre de 2026
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.