# Convenio: la Abogacía del Estado asesora a ACUAES y CANASA por 230.000 € al año

> Se publica el convenio por el que la Abogacía General del Estado asesora, representa y defiende ante los tribunales a las sociedades estatales ACUAES y CANASA. ACUAES paga 230.000 € anuales más IVA. Sustituye al convenio firmado el 30 de septiembre de 2024.

- Fuente oficial: [Resolución de 20 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, SA, y la Sociedad Mercantil Estatal Canal de Navarra, SA.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22399) (BOE-A-2026-22399, BOE núm. 265 de lunes, 26 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Administración, Jurista
- Temas: Justicia, Administración
- Plazo principal: Cinco días hábiles: Inscripción del convenio en el registro electrónico estatal desde su formalización

## Puntos clave

- Cubre asesoramiento jurídico y representación y defensa en todos los órdenes jurisdiccionales.
- ACUAES paga 230.000 € al año más IVA, en tres pagos cuatrimestrales.
- Dura dos años y puede prorrogarse hasta dos años más mediante adenda.
- No se presta asistencia si hay intereses contrapuestos con el Estado.
- Sustituye y extingue el convenio anterior de 30 de septiembre de 2024.

## Plazos

- **Duración del convenio, prorrogable como máximo dos años más por acuerdo expreso antes de su fin**. Texto del BOE: «El presente convenio tiene una duración de dos años.»
- **Inscripción del convenio en el registro electrónico estatal desde su formalización**. Texto del BOE: «en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización»
- **Plazo para cumplir tras un requerimiento por incumplimiento**. Texto del BOE: «en el plazo de treinta días naturales»

## Importes

- **230.000 € más IVA al año**: Pago anual de ACUAES a la Abogacía General del Estado, más IVA, en tres pagos. Texto del BOE: «la cantidad anual de doscientos treinta mil euros (230.000 €) más IVA»

## Entrada en vigor

«Eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/26/d/BOE-A-2026-22399). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
