# Cultura, Hacienda y el Festival de Santander crean una comisión para el 75.º aniversario

> Se publica un convenio que crea la comisión que aprobará los planes y certificará los gastos del 75.º aniversario del Festival Internacional de Santander, declarado de excepcional interés público. Sirve para que quienes donen o gasten en publicidad puedan acceder a beneficios fiscales. El Estado no pone dinero.

- Fuente oficial: [Resolución de 20 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Hacienda y la Fundación Festival Internacional de Santander, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público «75.º aniversario del Festival Internacional de Santander».](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22401) (BOE-A-2026-22401, BOE núm. 265 de lunes, 26 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Santander (Cantabria) (Cantabria)
- A quién afecta: ONG o asociación, Empresa, Administración
- Temas: Cultura y deporte, Impuestos, Administración
- Plazo principal: Quince días hábiles: Fin del plazo para presentar solicitudes de certificación, contado desde que termine el acontecimiento

## Qué tienes que hacer

Quien quiera una certificación (por ejemplo, por donaciones o gastos de publicidad) debe presentar solicitud en el modelo normalizado a la comisión, en la sede de la Fundación o por correo electrónico si está obligado a medios electrónicos.

## Puntos clave

- La comisión aprueba planes de actividades y certifica que los gastos se ajustan al programa.
- Sin el voto favorable de Hacienda no se puede emitir ninguna certificación.
- La Fundación Festival Internacional de Santander ejecuta el programa y lo financia por completo.
- El Estado no asume ninguna obligación económica.
- El convenio se extingue y la comisión se suprime el 31 de diciembre de 2029.

## Plazos

- **Fin del plazo para presentar solicitudes de certificación, contado desde que termine el acontecimiento**. Texto del BOE: «El plazo para la presentación de las solicitudes concluirá quince días hábiles después de la finalización del acontecimiento»
- **Plazo máximo para notificar las certificaciones desde la entrada de la solicitud**. Texto del BOE: «El plazo máximo en que deben notificarse las certificaciones por parte de la Comisión Interadministrativa será de dos meses»
- **Fecha límite para aprobar por unanimidad la propuesta de liquidación** (30 de septiembre de 2029). Texto del BOE: «antes del 30 de septiembre de 2029»
- **Extinción del convenio y supresión de la comisión** (31 de diciembre de 2029). Texto del BOE: «el convenio quedará extinguido y la Comisión Interadministrativa suprimida el 31 de diciembre de 2029»

## Entrada en vigor

«El convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes (firmado el 6 de octubre de 2026).»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/26/d/BOE-A-2026-22401). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
