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Resolución · Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes · Barreiros (Lugo)
Convenio entre Educación y el Ayuntamiento de Barreiros para el programa Aula Mentor
El Ministerio de Educación y el Ayuntamiento de Barreiros (Lugo) firman un convenio para ofrecer cursos de formación a distancia para adultos con el programa Aula Mentor. No supone gasto para ninguna de las dos partes: los costes se pagan con las matrículas del alumnado.
Lo que tienes que saber
Plazo
Un mes
Vigencia del convenio desde que sea eficaz, prorrogable por otro período igual si se acuerda al menos un mes antes de su fin
Puntos clave
- El Ayuntamiento pone el aula, el equipamiento y la conexión a Internet en San Cosme de Barreiros.
- El Ministerio da acceso a los cursos, forma al personal y certifica el aprendizaje tras las pruebas.
- No hay aportación económica entre las partes; los tutores se pagan con lo recaudado en matrículas.
- Vigencia de cuatro años, prorrogable por otros cuatro si ambas partes lo acuerdan.
- Una Comisión de Seguimiento con 2 representantes del Ayuntamiento y 3 del Ministerio vigilará su cumplimiento.
Importes
48 euros mínimo y 200.000 euros máximo
Ingresos por matrícula en el presupuesto del Ayuntamiento (mínimo y máximo)
La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Barreiros ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros
48 euros mínimo y 150.000 euros/año máximo
Compensación a tutores a cargo del Ayuntamiento (mínimo y máximo anual)
Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo de 150.000 euros/año
100 euros mínimo y 500 euros máximo
Gastos de mantenimiento del Aula Mentor al año
serán como mínimo de 100 euros y un máximo de 500 euros al año
1.650 euros mínimo al año y 24.500 euros/año máximo
Contrato del responsable o administrador del aula, si no hay recursos propios
una cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año
Plazos
Vigencia del convenio desde que sea eficaz, prorrogable por otro período igual si se acuerda al menos un mes antes de su fin
tendrá una vigencia de cuatro (4) años, prorrogables por un período sucesivo de igual duración mediante acuerdo expreso de las partes, siempre y cuando sea convenido con, al menos, un mes de antelación a su finalización
Entrada en vigor
Resulta eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, previo a su publicación en el BOE
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.