# Una resolución declara Lugar de Memoria Democrática el antiguo campo de La Magdalena

> La Secretaría de Estado de Memoria Democrática declara Lugar de Memoria Democrática el antiguo campo de concentración franquista de La Magdalena, en Santander. Se inscribe en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática y se prevén medidas de difusión, pero no de protección específicas.

- Fuente oficial: [Resolución de 21 de octubre de 2026, de la Secretaría de Estado de Memoria democrática, por la que se declara Lugar de Memoria Democrática el «Antiguo campo de concentración de La Magdalena».](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22429) (BOE-A-2026-22429, BOE núm. 265 de lunes, 26 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Santander (Cantabria) (Cantabria)
- A quién afecta: Cualquier persona, Administración, Investigador/a
- Temas: Cultura y deporte, Administración
- Plazo principal: Un mes: Recurso potestativo de reposición, desde la publicación de la resolución

## Qué tienes que hacer

Quien esté afectado puede presentar recurso de reposición ante la Secretaría de Estado de Memoria Democrática o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

## Puntos clave

- El campo funcionó en las caballerizas del Palacio de La Magdalena entre agosto de 1937 y noviembre de 1939.
- Su capacidad era de 600 presos, pero llegó a albergar más de 1.600.
- El edificio es titularidad del Ayuntamiento de Santander y hoy es residencia de estudiantes.
- El Estado impulsará recursos audiovisuales, placas y paneles informativos en el lugar.
- No se fijan medidas de protección específicas, solo las generales.

## Plazos

- **Recurso potestativo de reposición, desde la publicación de la resolución**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes desde su publicación»

## Entrada en vigor

«La declaración tendrá efectos a partir de la fecha de publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/26/d/BOE-A-2026-22429). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
