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Resolución · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Asturias
Asturias aprueba incluir la sidra de hielo en la DOP «Sidra de Asturias»
La Consejería de Medio Rural de Asturias aprueba la modificación del pliego de condiciones de la DOP «Sidra de Asturias». Se incorpora el producto sidra de hielo y se mejoran redacciones. Afecta a los productores y elaboradores amparados por la denominación.
Lo que tienes que saber
Plazo
Un mes
Recurso potestativo de reposición, alternativo al contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la notificación
Puntos clave
- Se aprueba una modificación normal del pliego de condiciones de la DOP «Sidra de Asturias».
- Se incorpora el nuevo producto sidra de hielo y otras mejoras de redacción.
- No se presentó ninguna oposición durante el periodo de dos meses.
- Se aplica en España desde su publicación en el BOE y se comunicará a la Comisión Europea.
- El pliego modificado está publicado en la web del Principado de Asturias.
Plazos
Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Oviedo, desde el día siguiente a la notificación
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación
Recurso potestativo de reposición, alternativo al contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la notificación
en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación
Entrada en vigor
Desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.