Lunes, 26 de octubre de 2026BOE núm. 265 · 318 publicaciones · 116 explicadas · días anteriores
← Portada Resolución · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Asturias

Asturias aprueba incluir la sidra de hielo en la DOP «Sidra de Asturias»

La Consejería de Medio Rural de Asturias aprueba la modificación del pliego de condiciones de la DOP «Sidra de Asturias». Se incorpora el producto sidra de hielo y se mejoran redacciones. Afecta a los productores y elaboradores amparados por la denominación.

A quién afecta:EmpresaAgricultor/a

Lo que tienes que saber

Plazo
Un mes
Recurso potestativo de reposición, alternativo al contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la notificación

Puntos clave

  1. Se aprueba una modificación normal del pliego de condiciones de la DOP «Sidra de Asturias».
  2. Se incorpora el nuevo producto sidra de hielo y otras mejoras de redacción.
  3. No se presentó ninguna oposición durante el periodo de dos meses.
  4. Se aplica en España desde su publicación en el BOE y se comunicará a la Comisión Europea.
  5. El pliego modificado está publicado en la web del Principado de Asturias.

Plazos

Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Oviedo, desde el día siguiente a la notificación

en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación

Recurso potestativo de reposición, alternativo al contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la notificación

en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación

Entrada en vigor

Desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.