# Asturias aprueba incluir la sidra de hielo en la DOP «Sidra de Asturias»

> La Consejería de Medio Rural de Asturias aprueba la modificación del pliego de condiciones de la DOP «Sidra de Asturias». Se incorpora el producto sidra de hielo y se mejoran redacciones. Afecta a los productores y elaboradores amparados por la denominación.

- Fuente oficial: [Resolución de 14 de octubre de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Sidra de Asturias» o «Sidra d'Asturies».](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22448) (BOE-A-2026-22448, BOE núm. 265 de lunes, 26 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Asturias (Asturias)
- A quién afecta: Empresa, Agricultor/a
- Temas: Agricultura y pesca, Economía y empresa
- Plazo principal: Un mes: Recurso potestativo de reposición, alternativo al contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la notificación

## Puntos clave

- Se aprueba una modificación normal del pliego de condiciones de la DOP «Sidra de Asturias».
- Se incorpora el nuevo producto sidra de hielo y otras mejoras de redacción.
- No se presentó ninguna oposición durante el periodo de dos meses.
- Se aplica en España desde su publicación en el BOE y se comunicará a la Comisión Europea.
- El pliego modificado está publicado en la web del Principado de Asturias.

## Plazos

- **Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Oviedo, desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación»
- **Recurso potestativo de reposición, alternativo al contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación»

## Entrada en vigor

«Desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/26/d/BOE-A-2026-22448). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
