# Catastro y Ayuntamiento de Jávea firman un convenio para gestionar el Catastro

> La Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Jávea (Alicante) firman un nuevo convenio de colaboración en gestión catastral. El Ayuntamiento tramitará cambios en inmuebles, atenderá al público y notificará a los interesados. Sustituye al convenio de 1998.

- Fuente oficial: [Resolución de 20 de octubre de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Jávea.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22507) (BOE-A-2026-22507, BOE núm. 266 de martes, 27 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Jávea (Alicante) (Comunitat Valenciana)
- A quién afecta: Administración, Cualquier persona
- Temas: Administración, Impuestos, Vivienda
- Plazo principal: Diez días: Plazo del Ayuntamiento para remitir a la Gerencia declaraciones de otras alteraciones no incluidas en el convenio

## Puntos clave

- El Ayuntamiento tramita alteraciones jurídicas, físicas y económicas de inmuebles por encomienda de gestión
- También colabora en el mantenimiento catastral y atiende al público, con Puntos de Información Catastral
- Se encarga de las notificaciones postales de los trámites catastrales
- El Catastro no paga contraprestación económica al Ayuntamiento
- Vigencia inicial de un año, con prórroga tácita anual salvo denuncia; sustituye al convenio de 1998

## Plazos

- **Vigencia inicial del convenio, prorrogable tácitamente por períodos anuales mientras no se denuncie**. Texto del BOE: «siendo su vigencia inicial de un año y prorrogándose tácitamente por sucesivos períodos anuales, mientras no sea denunciado»
- **Plazo máximo para constituir formalmente la comisión de seguimiento desde la formalización del convenio**. Texto del BOE: «deberá constituirse formalmente en un plazo máximo de un mes desde la formalización del presente convenio»
- **Plazo del Ayuntamiento para remitir a la Gerencia declaraciones de otras alteraciones no incluidas en el convenio**. Texto del BOE: «El Ayuntamiento remitirá a la Gerencia en el plazo de diez días todas las declaraciones o documentos»

## Entrada en vigor

«Obliga a las partes desde el momento de su firma (convenio firmado el 19 de octubre de 2026)»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/27/d/BOE-A-2026-22507). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
