# Una orden de Transición Ecológica obliga a cambiar los contadores de gas por inteligentes

> Una orden del Ministerio para la Transición Ecológica aprueba el plan para sustituir los contadores de gas natural por contadores inteligentes con lectura remota. Afecta a los consumidores de gas, a las distribuidoras y a las comercializadoras. Fija calendario, requisitos técnicos, acceso a los datos y el procedimiento de instalación.

- Fuente oficial: [Orden TED/1122/2026, de 23 de octubre, por la que se aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes en la red de gas natural y se establecen las especificaciones mínimas a cumplir por estos equipos.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22515) (BOE-A-2026-22515, BOE núm. 266 de martes, 27 de octubre de 2026)
- Tipo: Orden · Sección: Y además · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Cualquier persona, Familia, Empresa, Autónomo/a
- Temas: Energía, Tecnología y telecomunicaciones, Economía y empresa
- Plazo principal: Tres meses: Comunicación previa al titular del punto de suministro sobre la sustitución

## Qué tienes que hacer

Los consumidores recibirán un aviso con al menos tres meses de antelación. Pueden optar por contador en propiedad o en alquiler, y cambiar la cita de instalación. Si hace falta adecuar su instalación interior, tendrán seis meses para hacerlo. Las comercializadoras deben pedir el consentimiento para compartir datos de contacto en tres meses.

## Puntos clave

- Las distribuidoras deben sustituir todos los contadores de hasta 50.000 kWh/año en un máximo de diez años.
- Hitos del calendario: 20% a los 3 años, 50% a los 5 y 80% a los 7.
- La instalación no tiene coste para el usuario, salvo que la instalación interior necesite una adecuación relevante.
- El consumidor accede gratis a sus datos diarios de consumo de los últimos 24 meses por web y app.
- Consumos entre 50.000 kWh y 5 GWh/año deberán tener telelectura en un máximo de diez años.

## Plazos

- **Sustituir al menos el 20% de los contadores analógicos (desde la entrada en vigor)**. Texto del BOE: «En el plazo de tres años desde la entrada en vigor de la presente orden, deberán sustituirse e integrarse en el sistema de telegestión, al menos un 20 por ciento»
- **Sustitución completa de los contadores analógicos (desde la entrada en vigor)**. Texto del BOE: «En el plazo máximo de diez años desde la entrada en vigor de la presente orden, deberá completarse el proceso de sustitución»
- **Comunicación previa al titular del punto de suministro sobre la sustitución**. Texto del BOE: «con una antelación mínima de tres meses»
- **Informe anual de las distribuidoras a la Administración**. Texto del BOE: «Anualmente, y antes del 1 de marzo»
- **Comercializadoras deben recabar el consentimiento de contacto de sus clientes**. Texto del BOE: «En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta orden»
- **Fecha límite para retirar contadores inteligentes instalados que no cumplan la Directiva (UE) 2024/1788** (5 de agosto de 2036). Texto del BOE: «no podrán seguir en funcionamiento después del 5 de agosto de 2036»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/27/d/BOE-A-2026-22515). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
