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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Formentera (Illes Balears)
La viuda puede inscribir dos fincas en Formentera sin el consentimiento de sus hijas
La Dirección General de Seguridad Jurídica estima el recurso de una notaria y revoca la negativa de un registrador de Eivissa. La viuda, casada bajo comunidad universal francesa, puede inscribir dos fincas sin que sus hijas comunes consientan ni renuncien a la legítima.
Qué tienes que hacer
Quien quiera discrepar puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, en dos meses desde la notificación.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (juicio verbal)
Puntos clave
- Se estima el recurso íntegramente: gana la notaria y se revoca la nota del registrador.
- El pacto francés de atribución íntegra al viudo es liquidación matrimonial, no herencia ni donación.
- Las hijas comunes no tienen que consentir ni renunciar a su legítima para inscribir.
- El Reglamento (UE) 650/2012 de sucesiones excluye los regímenes económicos matrimoniales.
- El acta de notoriedad de la notaria francesa, apostillada, acredita el Derecho francés aplicable.
Plazos
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (juicio verbal)
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.