Una resolución de Trabajo publica el nuevo convenio colectivo del calzado 2026-2029
La Dirección General de Trabajo registra y publica el convenio colectivo estatal de la Industria del Calzado, firmado por patronal y sindicatos. Fija subidas salariales, reducción de jornada y nuevos derechos para el personal del sector hasta 2029.
Qué tienes que hacer
Las empresas del sector deben aplicar el convenio y pagar los atrasos salariales en el plazo fijado.
Puntos clave
- Vigencia del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.
- Subidas salariales fijas: 4 % en 2026, 3 % en 2027, 2,5 % en 2028 y 2,5 % en 2029, con revisión según el IPC.
- La jornada anual baja de 1.776 horas en 2026 a 1.764 horas en 2029.
- Compensación mínima de 50 euros al mes por trabajo a distancia y protocolo contra el acoso y la discriminación LGTBI.
- Vacaciones de 22 días laborables y atrasos pagaderos en 10 días tras el primer pago habitual posterior a la publicación.
Importes
Compensación mínima mensual por gastos del trabajo a distancia
La cantidad mínima será de 50 euros mensuales.
Plus de carencia de incentivos en 2026
quedando fijados en 486,97 euros para 2026
Salario mínimo diario del trabajo a distancia manufacturero, primer año
de 47,94 euros día
Plazos
Pago de atrasos o diferencias salariales: 10 días siguientes a la primera fecha de pago habitual tras la publicación en el BOE, con recargo del 25 % por demora
finaliza a los 10 días siguientes a la primera fecha de pago habitual en la empresa, tras la publicación del convenio
Primera reunión de la comisión negociadora sobre el nomenclátor de puestos: un mes desde la publicación en el BOE
dentro del plazo máximo de un mes desde la publicación en el BOE del presente convenio
Acuerdo sobre la prima de productividad en vacaciones
en el plazo máximo de 31 de diciembre de 2026
Entrada en vigor
El convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2029