Jueves, 29 de octubre de 2026BOE núm. 269 · 209 publicaciones · 81 explicadas · días anteriores
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Un real decreto da subvenciones directas a siete entidades de medio ambiente y reto demográfico

Un real decreto del Ministerio para la Transición Ecológica concede de forma directa, sin convocatoria pública, subvenciones a siete asociaciones. Cuatro son ONG ambientales y tres trabajan contra la despoblación. Las actividades deben realizarse en 2026.

Qué tienes que hacer

Las siete entidades beneficiarias deben presentar su solicitud por vía electrónica en el plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor, con presupuesto y declaración responsable.

Plazo
Diez días
Presentar la solicitud desde la entrada en vigor del real decreto
Importe
2.350.000 €
Partida para las cuatro ONG ambientales

Puntos clave

  1. Beneficiarias: Amigas de la Tierra, Ecologistas en Acción-CODA, WWF España, SEO/BirdLife, FADEMUR, FEMP y esMontañas.
  2. Las cuatro ONG ambientales reciben fondos para participar en el Consejo Asesor de Medio Ambiente y hacer informes, formación y voluntariado.
  3. FADEMUR, FEMP y esMontañas reciben fondos para estudios, jornadas y formación sobre reto demográfico.
  4. Las actividades deben hacerse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, ampliable hasta tres meses.
  5. El pago es anticipado y en un solo plazo; la justificación incluye informe de auditor.

Importes

2.350.000 €

Partida para las cuatro ONG ambientales

23.12.451O.487, por importe de 2.350.000 euros
387.000 €

Partida para FADEMUR, FEMP y esMontañas

23.14.456E.481, por importe de 387.000 euros
250.000 €

Amigos de la Tierra

por un importe de 250.000 euros
700.000 €

Ecologistas en Acción-CODA

por un importe de 700.000 euros
700.000 €

SEO/BirdLife

por un importe de 700.000 euros
700.000 €

WWF España

por un importe de 700.000 euros
129.000 €

FADEMUR

por un importe de 129.000 euros
172.000 €

FEMP

por un importe de 172.000 euros
86.000 €

esMontañas

por un importe de 86.000 euros

Plazos

Presentar la solicitud desde la entrada en vigor del real decreto

Las entidades interesadas presentarán su solicitud en el plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor de este real decreto

Resolver y notificar la concesión desde la entrada en vigor; si no, silencio negativo

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de un mes desde la entrada en vigor del presente real decreto.
31 dic 2026

Periodo de ejecución de las actividades

Las actividades deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026

Presentar la cuenta justificativa tras acabar la ejecución

La cuenta justificativa deberá presentarse, como máximo, en el plazo de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de ejecución

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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