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Resolución · Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Estatal
Exteriores convoca por libre designación la subdirección general de la Escuela Diplomática
Una resolución de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores convoca, por libre designación, el puesto de Subdirector/a General de la Escuela Diplomática en Madrid. Pueden pedirlo funcionarios que cumplan los requisitos del anexo I. Hay diez días naturales para presentar la solicitud.
A quién afecta:Funcionario/a
Qué tienes que hacer
Quien sea funcionario y cumpla los requisitos debe presentar la solicitud (modelo del anexo II) en el portal Funciona con certificado electrónico, junto con CV, justificación de idoneidad y cuestionario de autoevaluación.
Plazo
Diez días naturales
Presentación de solicitudes desde la publicación en el BOE
Puntos clave
- Puesto: Subdirector/a General de la Escuela Diplomática, en Madrid, nivel 30, grupo A1.
- Se exige un mínimo de 15 años de experiencia en el subgrupo A1 e inglés y francés.
- Solicitud por el portal Funciona con certificado electrónico, con CV, justificación de idoneidad y autoevaluación.
- Habrá entrevistas con al menos 48 horas de aviso a los aspirantes con perfil más ajustado.
- El nombramiento se hará en un mes desde el fin del plazo de solicitudes, prorrogable otro mes.
Plazos
Presentación de solicitudes desde la publicación en el BOE
dentro del plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»
Nombramiento, prorrogable otro mes, desde el fin del plazo de solicitudes
El nombramiento se efectuará en el plazo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta otro mes.
Recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación
Recurso potestativo de reposición
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.