Una orden de Presidencia y Justicia cambia a un miembro suplente del tribunal de Letrados de Justicia
Una orden del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes sustituye a un abogado en ejercicio por una abogada en ejercicio en el tribunal suplente número 3 de la oposición a Letrados de la Administración de Justicia. El Consejo General de la Abogacía no pudo proponer a un abogado que permitiera mantener la paridad del tribunal, por lo que se nombra a la abogada que propuso.
Qué tienes que hacer
Quien quiera impugnar la orden puede presentar recurso potestativo de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses.
Puntos clave
- Se modifica el anexo de la Orden PJC/930/2026, que nombró los Tribunales n.º 2 y n.º 3.
- En el tribunal suplente n.º 3, Doña Ana Álvarez Gómez sustituye a Don Jesús Jiménez Gómez.
- Motivo: mantener la paridad del Tribunal Calificador n.º 3, según la base 7.5 de la convocatoria.
- Cabe recurso de reposición (un mes) o contencioso-administrativo (dos meses).
Plazos
Recurso de reposición (potestativo) ante el Ministerio, contado desde el día siguiente a la publicación
recurso de reposición ante el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el plazo de un mes
Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, contado desde el día siguiente a la publicación
recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses