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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Ayamonte (Huelva)
La Dirección General rechaza el recurso y confirma que no se anote la rectificación de una linde en Ayamonte
Un propietario pidió por instancia privada anular la inscripción de una finca colindante y rectificar la linde. El registrador denegó el asiento de presentación y la Dirección General desestima el recurso: confirma la denegación. El conflicto entre colindantes debe resolverse con acuerdo de todos o en los tribunales.
Qué tienes que hacer
Quien esté en desacuerdo puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, por juicio verbal.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Se desestima el recurso y se confirma la denegación del asiento de presentación.
- Un documento privado no basta para rectificar el Registro de la Propiedad.
- Corregir un error de concepto exige acuerdo de todos los interesados y del registrador, o resolución judicial.
- El recurso contra la calificación registral no sirve para resolver conflictos entre colindantes.
- Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.
Plazos
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.