Sábado, 31 de octubre de 2026BOE núm. 271 · 366 publicaciones · 88 explicadas · días anteriores
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Desestimado el recurso en Guadix: el Registro es correcto, los errores están en las notas

La Dirección General desestima el recurso de una empresa que pedía corregir en el Registro de Guadix el título de una hipoteca. Considera que los asientos son correctos. Los errores están solo en las notas simples y la certificación, que la empresa debe pedir al registrador que corrija.

A quién afecta:EmpresaJurista

Qué tienes que hacer

La empresa recurrente debe pedir al registrador de Guadix que corrija las notas simples y la certificación expedidas, para que citen también la escritura de ampliación y novación (protocolo 2.481). Si quiere impugnar la resolución, puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil.

Plazo
Dos meses
Plazo para impugnar la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso y se confirma la calificación negativa del registrador de Guadix.
  2. La Dirección General declara que los asientos del Registro son correctos y no hay error de concepto.
  3. El fallo está en las notas simples y la certificación, que citan la escritura de liberación (protocolo 313) como título de ampliación.
  4. La empresa debe pedir al registrador que corrija esa publicidad formal y cite también la escritura de ampliación (protocolo 2.481).
  5. Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Plazo para impugnar la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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