Sábado, 31 de octubre de 2026BOE núm. 271 · 366 publicaciones · 88 explicadas · días anteriores
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Resolución: sin georreferenciación de la finca no se inscribe la ampliación de obra nueva

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso y confirma los dos defectos que mantenía la registradora de Ponferrada n.º 2. Para inscribir una ampliación de obra nueva hay que inscribir antes o a la vez la georreferenciación de la finca, aunque los propietarios renuncien a ella. Además, el certificado del arquitecto técnico no acredita sus facultades. La registradora ya había retirado el defecto sobre la posible parcelación ilegal.

A quién afecta:JuristaFamilia

Qué tienes que hacer

Quien quiera inscribir la escritura debe aportar la georreferenciación de la finca (formato GML) y acreditar con certificación de su colegio las facultades del técnico certificante. También puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

Plazo
Dos meses
Plazo para demandar ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso: gana la registradora y no se inscribe la escritura por ahora.
  2. La renuncia de los otorgantes a inscribir la georreferenciación de la finca no vincula al registrador.
  3. Toda obra nueva exige inscribir antes o a la vez la georreferenciación de la finca, en formato GML.
  4. El técnico certificante no está entre los números 1, 2 o 4 del art. 50 del RD 1093/1997: debe acreditar sus facultades con certificación de su colegio.
  5. La registradora retiró el defecto sobre la posible parcelación ilegal.

Plazos

Plazo para demandar ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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