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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Elda (Alicante)
Se rechaza el recurso de un vecino contra una inscripción de finca en Elda
La Dirección General desestima el recurso de un colindante contra la inscripción de la georreferenciación y el aumento de superficie de una finca en Elda. Solo cabe recurso contra calificaciones negativas, no contra un asiento ya practicado. Para cambiarlo hace falta el consentimiento del titular registral o una sentencia judicial.
Qué tienes que hacer
Quien esté legitimado puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia en el plazo de dos meses desde la notificación.
Plazo
Dos meses
Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación
Puntos clave
- Se desestima el recurso y se confirma la inscripción practicada por la registradora de Elda n.º 2.
- El recurso gubernativo solo cabe contra calificaciones negativas, no contra un asiento ya inscrito.
- Los asientos quedan bajo la salvaguardia de los tribunales mientras no se declare su inexactitud.
- El expediente del artículo 199 no es contencioso: el colindante no puede recurrir si se inscribe pese a sus alegaciones.
- Para rectificar hace falta consentimiento del titular registral o resolución judicial.
Plazos
Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil contra la resolución, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.