Sábado, 31 de octubre de 2026BOE núm. 271 · 366 publicaciones · 88 explicadas · días anteriores
← Portada Resolución · Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible · Illes Balears

Los puertos de Baleares aprueban una ordenanza de convivencia cívica

La Autoridad Portuaria de Baleares aprueba una ordenanza para fomentar y garantizar la convivencia cívica en la zona de servicio de sus puertos. El BOE solo publica el anuncio del acuerdo; el texto completo de la ordenanza está en la web de Ports de Balears.

A quién afecta:Cualquier personaEmpresa

Qué tienes que hacer

Quien quiera impugnar el acuerdo puede presentar recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Baleares.

Plazo
Un mes
Recurso de reposición potestativo ante el órgano que resolvió

Puntos clave

  1. El Consejo de Administración aprobó la ordenanza el 30 de septiembre de 2026
  2. Se aplica a la zona de servicio de los puertos de la Autoridad Portuaria de Baleares
  3. El texto completo se consulta en la web portsdebalears.com, no en el BOE
  4. Cabe recurso de reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos meses

Plazos

Recurso de reposición potestativo ante el órgano que resolvió

en el plazo de un mes

Recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de las Islas Baleares, desde el día siguiente al conocimiento de la notificación

en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.