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Resolución · Ministerio de Cultura · Alicante (Alicante)
Convenio de Cultura y otras entidades para la Muestra de Teatro de Autores Contemporáneos
Se publica el convenio entre el Ministerio de Cultura, el INAEM, la Diputación y el Ayuntamiento de Alicante, el Institut Valencià de Cultura y la Fundación SGAE. Sirve para organizar la XXXIV Muestra de Teatro Español de Autores Contemporáneos «Guillermo Heras», del 6 al 15 de noviembre de 2026 en Alicante.
Lo que tienes que saber
Plazo
Cuatro años
Vigencia del convenio, prorrogable hasta otros cuatro años mediante prórrogas anuales
Importe
200.000 €
Subvención directa prevista del Ministerio de Cultura
Puntos clave
- La Muestra se celebra en Alicante del 6 al 15 de noviembre de 2026.
- Cultura prevé impulsar una subvención directa de 200.000 euros, sujeta a presupuesto y a un real decreto.
- El INAEM contrata al comisario de la Muestra por un máximo de 40.000 euros (IVA incluido).
- Diputación (30.000 €), Ayuntamiento (8.000 €) y Fundación SGAE (10.000 €) aportan dinero; también ceden teatros.
- Dura un año, prorrogable hasta cuatro años más; una comisión paritaria hace el seguimiento.
Importes
200.000 €
Subvención directa prevista del Ministerio de Cultura
una subvención directa por importe de 200.000 euros
40.000 € (IVA incluido)
Gasto máximo del INAEM para contratar al comisario
El gasto máximo de esta contratación será de 40.000 euros (IVA incluido)
30.000 €
Aportación máxima de la Diputación de Alicante
una aportación económica máxima de 30.000 euros
8.000 €
Aportación del Ayuntamiento de Alicante
una aportación económica a la Excma. Diputación Provincial de Alicante de 8.000 euros
18.000,00 € más IVA
Caché de hasta tres espectáculos pagado por el IVC
como pago directo por valor de 18.000,00 euros más IVA
10.000 €
Aportación de la Fundación SGAE
La Fundación SGAE realizará una aportación de 10.000 euros
Plazos
Celebración de la Muestra
a celebrar en Alicante desde el 6 de noviembre al 15 de noviembre de 2026
Vigencia del convenio, prorrogable hasta otros cuatro años mediante prórrogas anuales
El presente convenio tendrá una vigencia de un año, pudiendo prorrogarse por un plazo máximo de otros cuatro años, mediante prórrogas anuales.
Entrada en vigor
Eficaz una vez inscrito en el REOICO (en 5 días hábiles desde su formalización) y publicado en el BOE.
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.