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Resolución · Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible · Cartagena (Murcia)
El puerto de Cartagena delega en su Presidente las competencias de personal
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena delega en su Presidente las decisiones sobre el personal: selección, contratación, sanciones, despidos y retribuciones. Se reserva la organización de la entidad, el personal directivo y las normas generales de personal. Afecta a la plantilla del puerto.
Puntos clave
- El Presidente asume selección, contratación, movilidad, permisos y jubilaciones del personal.
- También podrá iniciar y resolver expedientes disciplinarios, incluido el despido disciplinario.
- El Consejo se reserva la organización, el personal directivo (el Director) y las normas generales de personal.
- Se deja sin efecto la delegación en el Director sobre personal fuera de convenio y expedientes disciplinarios.
- Las competencias se ejercen dentro de la plantilla, la masa salarial y el convenio colectivo.
Entrada en vigor
La presente delegación entrará en vigor en la fecha del 21 de octubre de 2026, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.