# La Autoridad Portuaria de Vigo aprueba una ordenanza sobre el uso del puerto pesquero

> La Autoridad Portuaria de Vigo publica su ordenanza que regula las operaciones del Puerto Pesquero (Berbés): acceso, descarga, subasta, segunda venta, higiene, residuos y sanciones. Afecta a armadores, vendedores, compradores, transportistas y empresas que trabajan en el recinto. Sustituye a la normativa anterior y fija multas de 100 a 5.000 euros.

- Fuente oficial: [Resolución de 25 de septiembre de 2026, de la Autoridad Portuaria de Vigo, por la que se publica la Ordenanza portuaria por la que se establece la regulación de los usos y actividades desarrolladas en las instalaciones pesqueras.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23158) (BOE-A-2026-23158, BOE núm. 274 de miércoles, 4 de noviembre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Puerto Pesquero de Vigo (Pontevedra) (Galicia)
- A quién afecta: Empresa, Autónomo/a, Trabajador/a, Administración
- Temas: Agricultura y pesca, Transporte, Economía y empresa, Medio ambiente
- Plazo principal: 1 mes: Plazo para presentar recurso de reposición contra las sanciones

## Qué tienes que hacer

Quienes operen en el Puerto Pesquero deben registrarse en el censo de la Autoridad Portuaria, usar GESPESCAVIGO, declarar los arribos antes de descargar, y adaptar cajas y etiquetas en los plazos transitorios.

## Puntos clave

- Es obligatorio usar la plataforma GESPESCAVIGO para registrar arribos, descargas, ventas y notas de venta
- Fija horarios de lonjas y mercado mayorista, y normas de etiquetado, trazabilidad e higiene
- Las infracciones se castigan con multas de entre 100 € y 5.000 € según la gravedad
- Se permite una diferencia máxima del 10 % entre el peso del arribo y el de transporte o venta
- Deroga la instrucción de 2017 y el reglamento de 1949 sobre instalaciones pesqueras de Vigo

## Plazos

- **Plazo para adaptar los colores y tamaños de las cajas, desde la publicación en el BOE**. Texto del BOE: «se dará un plazo de 2 años desde la publicación de esta ordenanza en el «Boletín Oficial del Estado»»
- **Plazo para adaptar las etiquetas de primera y segunda venta, desde la publicación en el BOE**. Texto del BOE: «Para la adaptación de las etiquetas de primera y segunda venta se dará un plazo de 1 año desde la publicación de esta Ordenanza»
- **Plazo para presentar recurso de reposición contra las sanciones**. Texto del BOE: «en el plazo de 1 mes, ante el Presidente de la APVIGO»
- **Plazo para incorporar las notas de venta a GESPESCAVIGO tras la subasta**. Texto del BOE: «en un plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la subasta/venta»

## Importes

- **Entre 300 € y 1.000 €**: Multa por no hacer caso a un agente de Policía Portuaria. Texto del BOE: «Entre 300€ y 1.000€»
- **Entre 500 € y 5.000 €**: Multa por atraque o descarga en zona no autorizada. Texto del BOE: «Entre 500€ y 5.000€»
- **Entre 600 € y 5.000 €**: Multa por falta de respeto, insultos o amenazas a un agente de Policía Portuaria. Texto del BOE: «Entre 600€ y 5.000€»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/11/04/d/BOE-A-2026-23158). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
