Jueves, 5 de noviembre de 2026BOE núm. 276 · 205 publicaciones · 77 explicadas · días anteriores
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Una orden de Cultura obliga a pedir por internet las ayudas de Artes Escénicas y Música

Una orden del Ministerio de Cultura obliga a presentar por vía electrónica las solicitudes de ayudas y subvenciones de la Dirección General de Artes Escénicas y Música. Las notificaciones también serán electrónicas. Afecta a quienes pidan estas ayudas, incluidos autónomos y entidades.

Qué tienes que hacer

Quien quiera pedir estas ayudas debe presentar la solicitud por medios electrónicos, con firma electrónica, en la sede electrónica del Ministerio de Cultura, y consultar sus notificaciones en DEHú.

Plazo
Diez días
Plazo para subsanar presentando la solicitud por vía electrónica si se presentó presencialmente, so pena de tenerla por desistida

Puntos clave

  1. Las solicitudes solo se pueden presentar en el registro electrónico del Ministerio de Cultura.
  2. Afecta a ayudas de música y lírica, danza, giras de teatro y circo, exhibición e infraestructuras, y subvenciones nominativas.
  3. Las notificaciones se envían por la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
  4. Si se presenta en papel, se pedirá corregirlo por vía electrónica en diez días o se tendrá por desistida la solicitud.
  5. Deroga la Orden ECD/197/2014, que regulaba lo mismo para el antiguo INAEM.

Plazos

Plazo para subsanar presentando la solicitud por vía electrónica si se presentó presencialmente, so pena de tenerla por desistida

de no ser atendido el requerimiento en el plazo de diez días, se le tendrá por desistido de su solicitud

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
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