← Portada
Resolución · Ministerio de Cultura · Madrid (Madrid)
Cultura convoca por libre designación un puesto de Coordinador de Área en Madrid
La Subsecretaría de Cultura abre la provisión de un puesto de Coordinador/Coordinadora de Área en la Subdirección General del Protectorado de Fundaciones, en Madrid. Pueden pedirlo funcionarias y funcionarios que cumplan los requisitos del puesto.
A quién afecta:Funcionario/a
Qué tienes que hacer
Quien sea funcionario y cumpla los requisitos puede presentar su solicitud (modelo del anexo II) por el portal Funciona con certificado electrónico, junto con su currículum.
Plazo
Quince días hábiles
Presentación de solicitudes: quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE
Importe
24.549,84 €
Complemento específico del puesto (CE), en euros
Puntos clave
- Se convoca un único puesto: Coordinador/Coordinadora de Área, nivel 29, grupo A1, en Madrid.
- Plazo para presentar solicitudes: quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE.
- Las solicitudes se presentan por el portal Funciona con certificado electrónico.
- Hay que adjuntar un currículum con títulos, puestos desempeñados, cursos y otros méritos.
- Excepcionalmente se puede usar el Registro Electrónico Común si el portal falla, acreditando la imposibilidad técnica.
Importes
24.549,84 €
Complemento específico del puesto (CE), en euros
24.549,84
Plazos
Presentación de solicitudes: quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE
dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado»
Recurso contencioso-administrativo: dos meses desde el día siguiente a la publicación
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación
Recurso potestativo de reposición: un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.