# Una resolución estima en parte el recurso sobre rectificar una obra nueva en Albacete

> La Dirección General da la razón en parte a la notaria. No hace falta nueva licencia para rectificar un error en una obra nueva ya inscrita. Pero el certificado del técnico debe decir expresamente que la obra se ajusta al proyecto para el que se concedió la licencia.

- Fuente oficial: [Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Albacete n.º 4, por la que se suspende la inscripción de escritura de rectificación de obra nueva.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23226) (BOE-A-2026-23226, BOE núm. 276 de jueves, 5 de noviembre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Lo que dicen los registradores · Ámbito: Barrax (Albacete) (Castilla-La Mancha)
- A quién afecta: Jurista, Empresa
- Temas: Justicia, Vivienda
- Plazo principal: Dos meses: Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

## Qué tienes que hacer

Para inscribir, hay que aportar un certificado del técnico que diga claramente que la descripción coincide con el proyecto para el que se concedió la licencia. Se puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

## Puntos clave

- Se estima parcialmente el recurso y se revoca la exigencia de modificar la licencia y pedir nueva licencia de uso y ocupación.
- Rectificar un error de la escritura ya inscrita no es un nuevo acto de edificación.
- Se confirma la nota en que el certificado debe acreditar el ajuste al proyecto con licencia.
- El certificado aportado solo decía que coincidía con el proyecto, sin mencionar la licencia.
- La nota del registrador estaba poco motivada, pero se resuelve el fondo por economía procesal.

## Plazos

- **Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de dos meses desde su notificación»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/11/05/d/BOE-A-2026-23226). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
