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Resolución · Ministerio de Trabajo y Economía Social · Estatal
Se publica el convenio colectivo de Unidad Editorial Información Deportiva (Marca)
La Dirección General de Trabajo registra y publica el convenio colectivo de Unidad Editorial Información Deportiva, SL, firmado con CC. OO. Regula salarios, jornada, vacaciones, permisos y régimen disciplinario del personal de la empresa en toda España. Rige del 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2028.
Lo que tienes que saber
Plazo
30 jun
faltan 603 días · Fin del teletrabajo regulado, sin prórroga automática
Importe
69 euros por mes
Plus de transporte mensual (once meses)
Puntos clave
- Vigencia del 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2028, con prórroga anual si nadie lo denuncia
- Jornada de 1620 horas anuales; vacaciones de 30 días naturales en la redacción de Marca
- Plus de transporte de 69 euros al mes durante once meses y ayuda de 600 euros por nacimiento de hijo
- La retribución variable no se devengará por los años 2026 y 2027
- Teletrabajo de hasta un día a la semana para redacción, hasta el 30 de junio de 2028
Importes
69 euros por mes
Plus de transporte mensual (once meses)
El importe es de 69 euros por mes.
600 euros
Ayuda por nacimiento de hijo
Se establece una ayuda por nacimiento de hijo de 600 euros.
300 euros anuales
Ayuda de gafas o foniatría (máximo anual conjunto)
cifrada en un máximo de 300 euros anuales
350 euros brutos mensuales
Plus de destino mínimo por traslado
por importe mínimo de 350 euros brutos mensuales
7.500 euros
Límite del préstamo sin interés
con un límite de 7.500 euros
Plazos
Vigencia del convenio colectivo
La vigencia de este convenio colectivo se extenderá desde 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2028
30 jun 2028
Fin del teletrabajo regulado, sin prórroga automática
El teletrabajo que en esta disposición se establece, dejará de aplicarse el 30 de junio de 2028
Entrada en vigor
Vigencia desde 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2028, con independencia de la fecha de publicación oficial
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.