# Se publica el convenio colectivo de Unidad Editorial Información Deportiva (Marca)

> La Dirección General de Trabajo registra y publica el convenio colectivo de Unidad Editorial Información Deportiva, SL, firmado con CC. OO. Regula salarios, jornada, vacaciones, permisos y régimen disciplinario del personal de la empresa en toda España. Rige del 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2028.

- Fuente oficial: [Resolución de 19 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial Información Deportiva, SL.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23239) (BOE-A-2026-23239, BOE núm. 276 de jueves, 5 de noviembre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Trabajador/a, Empresa
- Temas: Empleo, Economía y empresa
- Plazo principal: 30 jun (faltan 603 días): Fin del teletrabajo regulado, sin prórroga automática

## Puntos clave

- Vigencia del 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2028, con prórroga anual si nadie lo denuncia
- Jornada de 1620 horas anuales; vacaciones de 30 días naturales en la redacción de Marca
- Plus de transporte de 69 euros al mes durante once meses y ayuda de 600 euros por nacimiento de hijo
- La retribución variable no se devengará por los años 2026 y 2027
- Teletrabajo de hasta un día a la semana para redacción, hasta el 30 de junio de 2028

## Plazos

- **Vigencia del convenio colectivo**. Texto del BOE: «La vigencia de este convenio colectivo se extenderá desde 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2028»
- **Fin del teletrabajo regulado, sin prórroga automática** (30 de junio de 2028). Texto del BOE: «El teletrabajo que en esta disposición se establece, dejará de aplicarse el 30 de junio de 2028»

## Importes

- **69 euros por mes**: Plus de transporte mensual (once meses). Texto del BOE: «El importe es de 69 euros por mes.»
- **600 euros**: Ayuda por nacimiento de hijo. Texto del BOE: «Se establece una ayuda por nacimiento de hijo de 600 euros.»
- **300 euros anuales**: Ayuda de gafas o foniatría (máximo anual conjunto). Texto del BOE: «cifrada en un máximo de 300 euros anuales»
- **350 euros brutos mensuales**: Plus de destino mínimo por traslado. Texto del BOE: «por importe mínimo de 350 euros brutos mensuales»
- **7.500 euros**: Límite del préstamo sin interés. Texto del BOE: «con un límite de 7.500 euros»

## Entrada en vigor

«Vigencia desde 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2028, con independencia de la fecha de publicación oficial»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/11/05/d/BOE-A-2026-23239). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
