# Una orden de Agricultura fija las condiciones del seguro agrario de cultivos forrajeros

> Una orden del Ministerio de Agricultura define qué se puede asegurar, los riesgos cubiertos, los periodos de contratación y los precios del seguro de cultivos forrajeros del 47.º Plan de Seguros Agrarios. Afecta a agricultores y ganaderos que quieran asegurar forrajes, pastos, semillas forrajeras, paja de cereal e instalaciones de riego. Sus reglas valdrán también para el 48.º Plan.

- Fuente oficial: [Orden APA/1166/2026, de 26 de octubre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos forrajeros, comprendido en el Cuadragésimo Séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23243) (BOE-A-2026-23243, BOE núm. 276 de jueves, 5 de noviembre de 2026)
- Tipo: Orden · Sección: Y además · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Agricultor/a, Empresa, Autónomo/a
- Temas: Agricultura y pesca, Economía y empresa

## Qué tienes que hacer

Quien quiera asegurar sus cultivos forrajeros debe formalizar una declaración de seguro por cada clase de cultivo, elegir módulo y precios, y pagar la prima dentro del periodo de suscripción.

## Puntos clave

- Asegurables: forrajes, paja de cereal de invierno, pastos a diente, semillas forrajeras e instalaciones de riego
- Hay tres módulos (1, 2 y P) con distintos riesgos y garantizado del 70 % en algunos casos
- El agricultor elige el precio unitario dentro de los máximos y mínimos fijados en la orden
- Las fechas de suscripción dependen del cultivo, la zona y el módulo; la prima debe pagarse dentro del periodo
- Se aplica en todo el territorio nacional y también valdrá para el 48.º Plan de Seguros Agrarios

## Plazos

- **Suscripción del seguro principal de maíz forrajero del área I: inicio el 15 de noviembre y fin el 30 de abril del año siguiente**. Texto del BOE: «Maíz forrajero Área I. Principal. 15-11 30-04 (1)»
- **Suscripción de alfalfa (forraje y semilla) del área I en el seguro principal: del 15 de noviembre al 20 de diciembre**. Texto del BOE: «Alfalfa (Forraje y semilla) Área I. Principal. 15-11 20-12»
- **La declaración cuya prima no se pague dentro del periodo de suscripción no tiene validez; si se formaliza el último día, vale el pago del siguiente día hábil**. Texto del BOE: «Carecerá de validez, y no surtirá efecto alguno la declaración cuya prima no haya sido pagada por el tomador del seguro dentro del período de suscripción.»

## Importes

- **16,8**: Precio máximo de la alfalfa forrajera para heno (euros/100 kg). Texto del BOE: «Alfalfa forrajera para heno (1). 16,8 13,4»
- **6 y 4**: Precio máximo y mínimo de la paja de cereales de invierno (€/100 kg). Texto del BOE: «Precio máximo (€/100 kg): 6. Precio mínimo (€/100 kg): 4.»
- **250 y 1.800**: Precio de cabezales de riego (euros/hectárea): mínimo y máximo. Texto del BOE: «Cabezales de riego. 250 1.800»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/11/05/d/BOE-A-2026-23243). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
