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Ley · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Asturias
Asturias aprueba una nueva ley de infancia y adolescencia que sustituye a la de 1995
La Ley asturiana de Infancia y Adolescencia reconoce y garantiza los derechos de los menores de 18 años y reorganiza el sistema de protección. Deroga la ley de protección del menor de 1995. Afecta a familias, menores, entidades colaboradoras y administraciones de Asturias.
Lo que tienes que saber
Plazo
Seis meses
Adaptación de la ley a lectura fácil, a los seis meses de su entrada en vigor
Importe
de 300 a 6.000 euros
Multa por infracciones leves
Puntos clave
- Deroga la Ley 1/1995 de protección del menor y crea un nuevo marco con 134 artículos
- Desde los 16 años se podrá firmar iniciativas legislativas populares; se exigen 10.000 firmas
- Los concejos asumen las actuaciones en situaciones de riesgo; la declaración formal sigue en el Principado
- No habrá acogimiento residencial de menores de 10 años salvo falta de alternativa familiar, ni centros de conducta bajo 13 años
- Multas de 300 a 600.000 euros según la gravedad de la infracción
Importes
de 300 a 6.000 euros
Multa por infracciones leves
multa desde 300 hasta 6000 euros
de 6.001 a 60.000 euros
Multa por infracciones graves
multa desde 6001 euros hasta 60 000 euros
de 60.001 a 600.000 euros
Multa por infracciones muy graves
multa desde 60 001 euros hasta 600 000 euros
300.000 euros
Seguro mínimo de responsabilidad civil de las entidades colaboradoras
por importe de 300.000 euros
Plazos
Adaptación de la ley a lectura fácil, a los seis meses de su entrada en vigor
A los seis meses de la entrada en vigor de la presente ley, se llevará a cabo la adaptación en un lenguaje sencillo y claro
Programa formativo especializado en infancia y género, máximo doce meses desde la entrada en vigor
en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley
Programa marco de voluntariado en el plazo de un año desde la entrada en vigor
En el plazo de un año de la entrada en vigor de la presente ley
Entrada en vigor
La presente ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.