Agricultura obliga a las almazaras a retirar el 12% del aceite de oliva producido
Una resolución de Agricultura declara alcanzado el umbral que activa la retirada de aceite de oliva del mercado en la campaña 2026/2027. Cada almazara deberá tener almacenado el 12% de su producción declarada mensualmente. Afecta a almazaras y operadores del sector oleícola.
Qué tienes que hacer
Las almazaras deben almacenar el 12% de su producción mensual declarada, en instalaciones propias o ajenas. Los operadores deben poder acreditar en todo momento ante la autoridad la cantidad retirada y las instalaciones de almacenamiento.
Puntos clave
- Se alcanza el umbral que activa la retirada de aceite de oliva en la campaña 2026/2027.
- Cada almazara debe almacenar el 12% de su producción declarada mensualmente.
- Se aplica desde la producción declarada de noviembre; no afecta a octubre de 2026 ni a meses anteriores.
- El aceite retirado debe seguir fuera del mercado hasta el 30 de septiembre de 2027.
- Se crea un grupo técnico de seguimiento que aprobará el Plan de control de la retirada.
Importes
Porcentaje de la producción declarada que cada almazara debe tener almacenado
cada almazara tendrá la obligación de tener almacenado el 12% de su producción declarada mensualmente
Existencias iniciales de aceite de oliva comunicadas por los operadores
que se sitúan en 357.040 toneladas
Estimación de producción de aceite de oliva comunicada por las comunidades autónomas
que se sitúan en 1.602.596 toneladas
Plazos
El aceite retirado debe permanecer fuera del mercado hasta esta fecha
permanecer retirado del mercado hasta el 30 de septiembre de 2027
Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, a partir del día siguiente a la notificación
en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación
Entrada en vigor
Surte efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».