Viernes, 6 de noviembre de 2026BOE núm. 277 · 191 publicaciones · 59 explicadas · días anteriores
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El Consejo de la CNMV reparte entre sus órganos y directivos sus competencias de supervisión

El Consejo de la CNMV aprueba un nuevo acuerdo que delega sus competencias en la Presidencia, la Vicepresidencia, el Comité Ejecutivo y los directores generales. Cubre ofertas de valores, entidades financieras, criptoactivos, sanciones y otras materias. Sustituye al acuerdo anterior, del 25 de junio de 2026.

Puntos clave

  1. Presidencia y Vicepresidencia ejercen de forma indistinta la mayoría de las delegaciones, como admisión a negociación y suspensión de cotización.
  2. El Comité Ejecutivo asume las decisiones más sensibles: denegar autorizaciones, incoar expedientes sancionadores e intervenir entidades.
  3. En urgencia, o si no puede constituirse el Comité Ejecutivo, Presidencia y Vicepresidencia actúan en su lugar e informan después.
  4. El Consejo puede avocar (recuperar) cualquier competencia delegada y recibe información trimestral de su ejercicio.
  5. Deja sin efecto el acuerdo de delegación de competencias de 25 de junio de 2026.

Entrada en vigor

El presente acuerdo tendrá efectos a partir del día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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