# 100.000 € a la Fundación ONCE para divulgación y protección ocular en los eclipses

> El Gobierno concede de forma directa una subvención de 100.000 euros a la Fundación ONCE. Servirá para actividades de divulgación y protección ocular durante el Trío de Eclipses 2026-2027-2028. Solo afecta a la Fundación ONCE como entidad beneficiaria.

- Fuente oficial: [Real Decreto 815/2026, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad para la colaboración en actividades de divulgación y protección ocular durante el Trío de Eclipses 2026-2027-2028.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20980) (BOE-A-2026-20980, BOE núm. 251 de viernes, 9 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: ONG o asociación, Administración
- Temas: Ayudas y subvenciones, Ciencia e innovación, Sanidad
- Plazo principal: Quince días hábiles: Presentar aceptación, declaración responsable y presupuesto detallado (quince días hábiles desde el día siguiente a la entrada en vigor)

## Qué tienes que hacer

La Fundación ONCE debe presentar por vía electrónica la aceptación de la subvención, una declaración responsable y un presupuesto detallado en quince días hábiles desde el día siguiente a la entrada en vigor.

## Puntos clave

- Subvención directa, sin convocatoria pública, por razones de interés público y social
- Importe: 100.000 euros, en un solo pago anticipado por transferencia
- Las actuaciones deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- La justificación de gastos se presenta antes del 31 de marzo de 2027
- Debe aparecer la imagen institucional del Ministerio en la difusión

## Plazos

- **Presentar aceptación, declaración responsable y presupuesto detallado (quince días hábiles desde el día siguiente a la entrada en vigor)**. Texto del BOE: «en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la entrada en vigor de este real decreto»
- **Plazo de realización de las actuaciones subvencionadas**. Texto del BOE: «entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026»
- **Presentar la justificación de la subvención**. Texto del BOE: «antes del 31 de marzo de 2027»
- **Plazo máximo para resolver la concesión: seis meses desde el día siguiente a la entrada en vigor; si no, silencio negativo**. Texto del BOE: «seis meses desde el día siguiente a la entrada en vigor de este real decreto»

## Importes

- **100.000 euros**: Importe de la subvención. Texto del BOE: «El importe de la subvención ascenderá a 100.000 euros»
- **2.000 euros**: Límite del gasto subvencionable del informe de auditoría. Texto del BOE: «hasta un límite máximo de 2.000 euros»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/09/d/BOE-A-2026-20980). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
