# Air Europa colabora con la Embajada en Roma en la Fiesta Nacional de 2026

> Se publica el convenio entre la Embajada de España en Italia y Air Europa para la Fiesta Nacional del 8 de octubre de 2026 en Roma. Air Europa aporta servicios en especie por un valor estimado de 3.660 € y la Embajada difunde su colaboración. No supone coste para la Embajada.

- Fuente oficial: [Resolución de 30 de septiembre de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Italia y Air Europa Líneas Aéreas, SAU, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21033) (BOE-A-2026-21033, BOE núm. 251 de viernes, 9 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Extranjero (Italia)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Internacional, Cultura y deporte

## Puntos clave

- Air Europa aporta suministros o servicios en especie por valor estimado de 3.660 €
- El convenio no tiene coste para la Embajada
- La Embajada agradecerá y difundirá la participación de Air Europa (logotipo, web, redes)
- La Embajada emitirá certificado de la aportación en un máximo de 30 días
- Vigencia de 1 año desde su publicación en el BOE, sin prórroga

## Plazos

- **Plazo máximo para que la Embajada entregue a Air Europa la certificación de la aportación, a contar desde su realización**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de treinta (30) días a contar de su realización»
- **Celebración prevista de la Fiesta Nacional en Roma** (8 de octubre de 2026). Texto del BOE: «el próximo 8 de octubre de 2026»

## Importes

- **3.660 €**: Valor estimado de la aportación en especie de Air Europa. Texto del BOE: «por valor estimado de tres mil seiscientos sesenta euros (3.660 €)»

## Entrada en vigor

«Una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el BOE; vigencia de 1 año desde su publicación, sin prórroga»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/09/d/BOE-A-2026-21033). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
