# Dónde pueden votar en urna los españoles en el extranjero el 29 de noviembre de 2026

> Se fija en qué centros del extranjero pueden depositar su voto en urna los españoles residentes fuera, en las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. Con carácter general sirven las oficinas consulares de carrera, con tres excepciones en Chile, México y Venezuela y un consulado honorario en Valencia (Venezuela).

- Fuente oficial: [Resolución de 9 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se determina la relación de centros habilitados en el extranjero para el depósito de voto en urna en las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado de 29 de noviembre de 2026.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21140) (BOE-A-2026-21140, BOE núm. 252 de sábado, 10 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Extranjero (varios países)
- A quién afecta: Cualquier persona, Administración
- Temas: Internacional, Administración
- Plazo principal: Un mes: Recurso de reposición (potestativo) en el plazo de un mes desde la publicación

## Qué tienes que hacer

Los electores residentes en el extranjero que quieran votar en urna deben entregar personalmente su voto entre el octavo y el tercer día anteriores a la elección, ambos inclusive, en el centro que les corresponda.

## Puntos clave

- Regla general: las oficinas consulares de carrera son centros de voto en urna.
- Santiago de Chile: Centro Cultural de España, avenida Providencia 927.
- Ciudad de México: Hospital Español, avenida Ejército Nacional 613.
- Caracas: Quinta de Marmolejo; en Valencia (Venezuela), la Hermandad Gallega de Valencia.
- Cada consulado publicará los datos de sus centros en su web, redes y tablón de anuncios.

## Plazos

- **Periodo para depositar el voto en urna en el extranjero: del octavo al tercer día anteriores a la elección, ambos inclusive**. Texto del BOE: «entre el octavo y el tercer día, ambos inclusive, anteriores al día de la elección»
- **Recurso de reposición (potestativo) en el plazo de un mes desde la publicación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes desde su publicación»
- **Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación**. Texto del BOE: «recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/10/d/BOE-A-2026-21140). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
