# Nueva directriz de protección civil ante volcanes: obligatoria solo en Canarias

> Se publica el acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba la nueva Directriz Básica de Protección Civil ante el riesgo volcánico. Sustituye a la de 1996 y fija lo que deben contener los planes de emergencia. Es obligatoria solo en Canarias y las demás comunidades pueden adoptarla.

- Fuente oficial: [Orden INT/1071/2026, de 7 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2026, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo volcánico.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21147) (BOE-A-2026-21147, BOE núm. 252 de sábado, 10 de octubre de 2026)
- Tipo: Orden · Sección: Y además · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Administración, Cualquier persona, Empresa
- Temas: Defensa e interior, Administración, Medio ambiente
- Plazo principal: Cuatro años: Plazo para adaptar todos los planes de protección civil a la directriz, desde su entrada en vigor

## Qué tienes que hacer

Las administraciones competentes, sobre todo las de Canarias, deben adaptar sus planes de protección civil a la directriz. Los titulares de actividades en zonas de riesgo volcánico deben incluir este riesgo en sus planes de autoprotección.

## Puntos clave

- Sustituye a la directriz de 1996, que deja de aplicarse al publicarse este acuerdo.
- Obligatoria solo en Canarias, única zona que supera el umbral de riesgo fijado (5 % en 50 años).
- Los planes deberán usar un semáforo volcánico, el sistema ES-Alert y mapas de riesgo públicos.
- Incluye erupciones submarinas, deltas de lava y zonas de exclusión terrestres, marítimas y aéreas.
- Los planes de protección civil deben adaptarse a esta directriz en el plazo de cuatro años desde su entrada en vigor.

## Plazos

- **Plazo para adaptar todos los planes de protección civil a la directriz, desde su entrada en vigor**. Texto del BOE: «todos los planes de protección civil se adaptarán a la estructura y contenido establecido en esta directriz básica en el plazo de cuatro años desde su entrada en vigor»

## Entrada en vigor

«Produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/10/d/BOE-A-2026-21147). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
