Jueves, 3 de septiembre de 2026BOE núm. 218 · 150 publicaciones · 38 explicadas · días anteriores
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El Estado concede subvenciones directas a Ceuta y Melilla para agua y servicios sociales

El Estado concede directamente subvenciones a las ciudades de Ceuta y Melilla. Sirven para pagar el funcionamiento de las plantas desalinizadoras y financiar servicios como seguridad, limpieza o servicios sociales y educativos. Las actuaciones deben ejecutarse en 2026.

Qué tienes que hacer

Cada ciudad debe presentar su solicitud en el registro electrónico del Ministerio de Hacienda, con una declaración responsable y una memoria de actividades, en un máximo de quince días desde la entrada en vigor.

Plazo
Quince días
Plazo para que cada ciudad presente la solicitud, desde la entrada en vigor del real decreto
Importe
8.000.000 euros
Costes de funcionamiento de las plantas desalinizadoras de Ceuta y Melilla

Puntos clave

  1. Las únicas beneficiarias son la ciudad de Ceuta y la ciudad de Melilla, sin concurso público.
  2. Para las desalinizadoras hay 8.000.000 euros: 3.925.224 para Ceuta y 4.074.776 para Melilla.
  3. Ceuta recibe 3.250.000 euros para tráfico, seguridad, limpieza y lucha contra el fraude en importaciones.
  4. Melilla recibe 10.250.000 euros para servicios sociales, educación y juventud.
  5. Quedan excluidos los gastos de personal de la ciudad beneficiaria; se admiten pagos anticipados.

Importes

8.000.000 euros

Costes de funcionamiento de las plantas desalinizadoras de Ceuta y Melilla

por importe de 8.000.000 euros
3.925.224 euros

Parte de la ayuda a las desalinizadoras para Ceuta

3.925.224 euros a favor de la ciudad de Ceuta.
4.074.776 euros

Parte de la ayuda a las desalinizadoras para Melilla

4.074.776 euros a favor de la ciudad de Melilla.
3.250.000 euros

Actuaciones en Ceuta

«Para financiar actuaciones en Ceuta» por importe de 3.250.000 euros.
10.250.000 euros

Actuaciones en Melilla

«Para financiar actuaciones en Melilla» por importe de 10.250.000 euros.

Plazos

Plazo para que cada ciudad presente la solicitud, desde la entrada en vigor del real decreto

En el plazo máximo de quince días desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto

Plazo máximo para resolver y notificar la concesión, desde la entrada en vigor

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes a partir de la entrada en vigor del presente real decreto.

Plazo para subsanar defectos de la solicitud, ampliable hasta cinco días

para que la subsane en el plazo de diez días, que podrá ser ampliado hasta cinco días

Las actuaciones subvencionadas deben ejecutarse dentro de 2026

deberán ejecutarse dentro del ejercicio 2026

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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